De acuerdo a la resolución 3971 566/2016 queda exento de pago de IVA (21%) toda persona que ingrese en el territorio de...
De acuerdo a la resolución 3971 566/2016 queda exento de pago de IVA (21%) toda persona que ingrese en el territorio de la República Argentina sin tener su residencia habitual en el país, permaneciendo en el mismo un plazo máximo de 90 días, siempre que el pago sea realice mediante tarjeta de crédito o débito internacional emitida en el exterior o por transferencia de divisas. Es imprescindible presentar como comprobante el pasaporte al momento del check in.”